Un grupo de victimas de malos tratos se encierra en un local de IU para denunciar el tormento al que estan sometidas.

En la concentración en contra de la Violencia de Género del jueves en Madrid, cuatro mujeres gritaban: "¡Seguimos estando solas, nos quitan a nuestros hijos!".

 Ayer, estas madres que han perdido (o están a punto de perder) la custodia de sus niñ@s se encerraron en el local de Izquierda Unida La Tercera, en Madrid, para denunciar que no encuentran apoyo ni en la Justicia ni en las instituciones.


Lucía (nombre ficticio) lleva siete meses sin ver a su hijo.
 Después de denunciar a su ex pareja por malos tratos, una jueza de violencia de género concedió la custodia del niño al padre. "Mediante un informe de mi psicólogo y dos entrevistas telefónicas a mis padres, la psicóloga y la educadora social del juzgado concluyeron que proyecto a mi hijo el miedo que yo tenía a mi padre", contó Lucía.

Aunque el informe no lo cita explícitamente, esta conducta, el rechazo del hijo hacia el progenitor, ha sido acuñada como Síndrome de Alineación Parental (SAP). Aunque ni la Organización Mundial de la Salud (OMS) ni ninguna comunidad médica legal reconoce este trastorno, varios jueces le dan credibilidad.




Laura Nuño, catedrática de Género en la Universidad Rey Juan Carlos, denuncia que el SAP se aplica como una sintomatología médica cuando, en realidad, es un recurso legal. "Es la madre quien tiene que demostrar que no hay SAP y al padre ni se le estudia", afirma. Además, no existen terapias médicas en contra de este supuesto síndrome, sino una única terapia legal, que consiste en separar a los niños de las madres. "Las mujeres están desprotegidas y los niños quedan en una situación desvalida", añade Nuño.



"¿Quién es la víctima ahora?",

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Comunidado de
La Asociación de Usuarios de los Puntos de Encuentro familiares de la Comunidad de Madrid.
 
La AUPECAM desea trasladar su más profunda y sincera gratitud a IU por haberse hecho eco del horror al que están sometidas las victimas de violencia machista -en estos casos concretos, aunque AUPECAM entiende que también hay que extenderlo a los procedimientos civiles y penales- por la aplicación del SAP, síndrome rechazado por la OMS y el DMS iV por acientifico

que sigue las teorias propedófilas y misóginas de Gardner, y que a pesar de ello y de que su aplicación i.e. el cambio inmediato de guarda y custodia y la prohición de mentener contacto con el progenitor con el que el niñ@ quiere estar.i.e. de la presunta conculcación del preámbulo, el art 3, 9, 12, 16 y 24 de la CDN
tiene profundos defensores en las poderosas asociaciones SOS papa, que son los que organizan los congresos sobre el SAP o ASEMIP de cuyo poder dan cuenta las personas que han clausurado sus congresos: Jose Bono, presidente del congreso de los diputados; Fernando de Rosa Torner, vicepresidente del CGPJ y Alvaro Cuesta, presidente de la comision de justicia del congreso de los diputados.



Asimismo, la AUPECAM traslada su mas sincera y profunda gratitud a El Publico por haberse hecho eco de la noticia y haberla ampliado con la entrevista a la muy respetada Dña Laura Nuño catedrática de género de la Universidad Rey Juan Carlos que pone los puntos sobre las íes sobre el SAP: porque nunca es evaluado el presunto alienado...



Finalmente la AUPECAM considera que para acabar con el horror del SAP y la presunta conculcación de los derechos de los niñ@s es necesario no sólo magnificas sentencias como la que adjuntamos, sino que además es imprescindible implementar la legislación de cara a una mayor penetración de la CDN tanto en un sector de AA Sociales, como los pde como la admón de la justicia, y para ello la AUPECAM considera que se debe modificar la legislación esencialmente en lo que se refiere a:



-Los niñ@s sean nombrados niñ@s en el CC sujetos de derechos, acorde a la CDN y no menores, sujetos de protección,



-Sse modifique el art 2 de la LOPJM, y recoja que los niñ@s son sujetos de derechos que prevalecen.



-Se modifique los art 94 y 160 del CC y que recojan que el derecho de visitas es un derecho de los niñ@s, acorde al art 9 de la CDN y que obviamente no puede convertirse en una obligación-



-La FGE elabore una circular desarrollando los art 9, 12 y 16 de la CDN así como el 19 de la LOPJM, a la luz de las sentencias STC 152/05 y STS 632/04, como ya hiciera con la circular 3/09 que desarrolla el art 19 de la CDN, y la circular 1/2001 que desarrolla el art 124 de la CE y el preámbulo y el 3 de la CDN.



Atentamente

AUPECAM

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