La Asociación de Mujeres Juristas Themis pide una ley del aborto basada en un sistema de plazos


La Asociación de Mujeres Juristas Themis pone en conocimiento de la opinión pública sus manifestaciones sobre la futura reforma de la Ley del Aborto:

1º.- La Asociación de Mujeres Juristas Themis considera que la maternidad debe ser una decisión libre de la mujer.
Para que las mujeres puedan tomar su decisión libremente, deben tener acceso a una educación sexual y reproductiva que las permita planificar su maternidad. Cuando esta planificación fracasa, las mujeres deben tener acceso a interrumpir su embarazo.
Es necesario un nuevo marco legal que reconozca el derecho a las mujeres a decidir sobre su maternidad que proporcione seguridad jurídica tanto a las mujeres que decidan a abortar como a los y las profesionales que deban intervenir en la práctica del aborto.
En la actual legislación sobre el aborto se han detectado los siguientes defectos:
- La normativa actual ocasiona inseguridad jurídica a las mujeres y a las y los profesionales que intervienen en los abortos.
- La legislación actual no permite decidir a la mujer, su derecho está supeditado a la obtención de un informe médico que lo justifique.
- La legislación actual no permite resolver el problema de los casos de diagnósticos de malformaciones fetales que se efectúan más allá de las 22 semanas de embarazo.
- La legislación actual no garantiza la atención sanitaria dentro de los centros sanitarios públicos.
- La legislación actual ha permitido la vulneración grave de las historias clínicas de mujeres que habían sido atendidas en clínicas autorizadas.
- La legislación actual ha propiciado una interpretación extensiva de la ley en uno de los supuestos, pero cuanto más laxa es su aplicación más inseguridad jurídica ocasiona tanto para las mujeres como para los y las profesionales intervinientes.

2º.- Por ello, desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis se defiende la plena constitucionalidad de una ley de plazos, no inferior a las 14 semanas, combinada con el actual sistema de indicaciones perfeccionado y fuera del Código Penal, en el marco de una ley de salud sexual y reproductiva.

3º.- La nueva legislación no puede dejar fuera de las previsiones los supuestos de aborto que tienen amparo en la legislación vigente.

Es fundamental: que en caso de malformación del feto se suprima el plazo y que los supuestos respondan al sentido de la ley, ya que actualmente se esta dando una interpretación laxa a la indicación de grave riesgo para la salud de la mujer, interpretación que no tendría razón de ser si la mujer tuviera la libertad de decidir en determinado periodo o plazo de tiempo.
Por ello, desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis se propugna que la protección penal debería ser exclusivamente para los abortos no consentidos y en aquellos casos en los que la ciencia presume la viabilidad del feto (actualmente a partir de la 24 semana), salvo en causa de justificación (indicaciones).

4º.- La futura legislación deberá resolver también es la objeción de conciencia de los y las profesionales, con el fin de que todos los hospitales públicos garanticen la realización de abortos dentro de plazo.

5º.- La reforma de la ley deberá solucionar la cuestión del consentimiento para el aborto de las menores de edad.

No es coherente que se atribuya responsabilidad penal a todos los mayores de 14 años y no se les reconozca capacidad para decidir sobre un acto personalísimo como es el aborto hasta los 18 años.

email: comunicacion@mujerejuristasthemis.org
FUENTE:
CONSEJO DE LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE MADRID

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